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[P] Temario Diputacion de sevilla

autor.: Invitado

Remitido el 26-03-17 a las 04:39:20 :: 2103 lecturas


Donde podría encontrar el temario para las oposiciones de Auxiliar Administrativo para la diputación de sevilla


   Respuestas 47


titulo.: 1.- La Constitución Española de 1978: estructura. Principios generales. Los derechos y deberes fundamentales. Sus garantías.

autor.: TemasyTEST

Remitido el 10-10-23 a las 07-03-52


La Constitución Española de 1978 es la norma suprema del ordenamiento jurídico español. Está compuesta por 169 artículos, además de nueve disposiciones transitorias, cuatro adicionales, una derogatoria y una final.
Estructura
La Constitución se estructura en dos partes:
• Parte dogmática: recoge los principios generales del Estado español, los derechos y deberes fundamentales de los ciudadanos, y las garantías de estos derechos.
• Parte orgánica: regula los poderes del Estado, las Comunidades Autónomas y la Administración Pública.
Principios generales
La Constitución establece los siguientes principios generales:
• Estado social y democrático de Derecho: el Estado español se fundamenta en la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
• Soberanía nacional: la soberanía reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.
• Indisoluble unidad de la Nación española: España es una nación indivisible, formada por nacionalidades y regiones.
Los derechos y deberes fundamentales
Los derechos y deberes fundamentales son aquellos derechos y libertades que tienen todos los ciudadanos españoles, con independencia de su raza, sexo, religión, opinión, etc. Estos derechos están recogidos en los artículos 10 a 55 de la Constitución.
Los derechos fundamentales se clasifican en:
• Derechos civiles y políticos: garantizan la libertad individual, la igualdad ante la ley y la participación política.
• Derechos sociales, económicos y culturales: garantizan el bienestar social y económico de los ciudadanos.
Garantías de los derechos fundamentales
Los derechos fundamentales están garantizados por el Estado, que debe adoptar las medidas necesarias para su protección. Estas garantías se pueden dividir en:
• Garantías jurisdiccionales: los derechos fundamentales pueden ser protegidos por los tribunales, que pueden anular las leyes o actos administrativos que los violen.
• Garantías institucionales: existen instituciones especializadas en la protección de los derechos fundamentales, como el Defensor del Pueblo y el Tribunal Constitucional.
• Garantías sociales: el Estado debe adoptar medidas sociales para promover el ejercicio de los derechos fundamentales, como la educación, la sanidad y la vivienda.
Conclusión
La Constitución Española de 1978 es un texto fundamental para el ordenamiento jurídico español. Los derechos y deberes fundamentales que recoge son la base de la convivencia democrática en España.

titulo.: 2.- La Administración Pública en la Constitución Española. Tipología de los entes públicos territoriales: la Administración del Estado, Autonómica y Local. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de

autor.: TemasyTEST

Remitido el 10-10-23 a las 07-04-53


La Administración Pública en la Constitución Española
La Administración Pública es el conjunto de órganos, organismos e instituciones que conforman el sector público. Su función es la de gestionar los intereses generales del Estado y de las Comunidades Autónomas.
La Constitución Española de 1978 establece los siguientes principios básicos sobre la Administración Pública:
• Servicio a los intereses generales: la Administración Pública debe actuar en beneficio de todos los ciudadanos, sin discriminaciones.
• Sometimiento a la ley: la Administración Pública debe actuar de acuerdo con la ley y al Derecho.
• Eficacia: la Administración Pública debe actuar de forma eficiente y eficaz, para garantizar la satisfacción de las necesidades de los ciudadanos.
Tipología de los entes públicos territoriales
Según su ámbito territorial, los entes públicos territoriales se pueden clasificar en:
• Administración del Estado: es el conjunto de órganos, organismos e instituciones que conforman el sector público estatal. Tiene competencia en todo el territorio nacional.
• Administraciones autonómicas: son los órganos, organismos e instituciones que conforman el sector público autonómico. Tienen competencia en el territorio de la Comunidad Autónoma correspondiente.
• Administraciones locales: son los órganos, organismos e instituciones que conforman el sector público local. Tienen competencia en el ámbito territorial del municipio, la provincia o la comunidad autónoma uniprovincial.
Las Comunidades Autónomas
Las Comunidades Autónomas son entidades territoriales dotadas de autonomía para el ejercicio de sus competencias. Se rigen por sus propios Estatutos de Autonomía, que son normas de rango constitucional que establecen su organización, competencias y derechos.
Los Estatutos de Autonomía deben respetar los principios establecidos en la Constitución Española, que son los siguientes:
• Integración en la unidad de la Nación española: las Comunidades Autónomas forman parte de la unidad de la Nación española.
• Supremacía de la Constitución: los Estatutos de Autonomía deben respetar la Constitución Española.
• Correspondencia de competencias: las Comunidades Autónomas tienen competencias exclusivas en determinados ámbitos, y competencias compartidas con el Estado en otros ámbitos.
Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía
El Estatuto de Autonomía de Andalucía es la norma que regula el autogobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Fue aprobado en 1981 y reformado en 2007.
El Estatuto de Autonomía de Andalucía establece que Andalucía es una Comunidad Autónoma de nacionalidad española, con personalidad jurídica propia, plena capacidad de autogobierno y autonomía para la gestión de sus intereses.
Las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía se clasifican en:
• Competencias exclusivas: son aquellas que la Comunidad Autónoma ejerce en su totalidad, sin intervención del Estado.
• Competencias compartidas: son aquellas que la Comunidad Autónoma ejerce de forma concurrente con el Estado.
• Competencias delegadas: son aquellas que el Estado delega en la Comunidad Autónoma.
El Estatuto de Autonomía de Andalucía también establece los derechos y deberes de los andaluces, como el derecho a la educación, a la sanidad, a la vivienda, etc.

titulo.: Las formas de actividad de las Entidades Locales: policía, fomento y servicio público. La intervención administrativa local en la actividad privada: licencias y autorizaciones administrativas.

autor.: TemasyTEST

Remitido el 10-10-23 a las 07-05-53


Las Entidades Locales, en virtud de su autonomía, tienen competencias propias que pueden ejercer de forma discrecional o reglada. Las formas de actividad de las Entidades Locales se pueden clasificar en tres grandes grupos:
• Actividad de policía: es la que tiene como objetivo proteger el orden público y el interés general, mediante la limitación de los derechos de los particulares.
• Actividad de fomento: es la que tiene como objetivo promover el desarrollo económico y social, mediante la creación de condiciones favorables para la actividad privada.
• Actividad de servicio público: es la que tiene como objetivo satisfacer las necesidades colectivas, mediante la prestación de servicios públicos.
La intervención administrativa local en la actividad privada
La actividad privada puede afectar al interés general, por lo que las Entidades Locales pueden intervenir para regularla. La intervención administrativa local se puede realizar a través de diferentes medios, como las licencias y autorizaciones administrativas.
Las licencias administrativas
Las licencias administrativas son actos administrativos que habilitan a los particulares para realizar una actividad que, de no contar con la licencia, sería ilegal. Las licencias administrativas se pueden clasificar en:
• Licencias de actividad: habilitan a los particulares para realizar una actividad económica o profesional.
• Licencias de edificación: habilitan a los particulares para construir o rehabilitar un edificio.
• Licencias de uso del suelo: habilitan a los particulares para utilizar un suelo de una determinada forma.
Las autorizaciones administrativas
Las autorizaciones administrativas son actos administrativos que permiten a los particulares realizar una actividad que, de no contar con la autorización, sería lícita pero no permitida. Las autorizaciones administrativas se pueden clasificar en:
• Autorizaciones de funcionamiento: habilitan a los particulares para poner en marcha una actividad que ya cuenta con la licencia correspondiente.
• Autorizaciones de explotación: habilitan a los particulares para explotar una actividad económica o profesional.
• Autorizaciones de uso: habilitan a los particulares para utilizar un suelo de una determinada forma, pero que no requiere de una licencia de uso del suelo.
La intervención administrativa local en la actividad privada a través de licencias y autorizaciones administrativas
Las licencias y autorizaciones administrativas son herramientas que las Entidades Locales pueden utilizar para intervenir en la actividad privada. Estas herramientas permiten a las Entidades Locales garantizar que las actividades privadas se desarrollan de acuerdo con el interés general, protegiendo la seguridad, la salud y el medio ambiente.
Las licencias y autorizaciones administrativas deben respetar los principios de legalidad, igualdad, necesidad y proporcionalidad. Las licencias y autorizaciones administrativas deben ser otorgadas de forma reglada, en base a criterios objetivos, y no pueden utilizarse para restringir de forma injustificada la actividad privada.

titulo.: Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público.Jerarquía normativa.

autor.: TemasyTEST

Remitido el 11-10-23 a las 11-03-43


5.- Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público.Jerarquía normativa.


El sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho es un principio fundamental del Estado de Derecho. Este principio significa que la Administración Pública, en el ejercicio de sus funciones, debe respetar la Constitución, las leyes y demás normas jurídicas.
El principio de sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho se basa en la idea de que la Administración Pública es un poder público que debe actuar en el marco del Derecho. La Administración Pública no puede actuar arbitrariamente, sino que debe respetar los derechos de los ciudadanos y los principios del Estado de Derecho.
Las fuentes del Derecho Público son los actos y hechos que generan normas jurídicas de carácter público. Las fuentes del Derecho Público se pueden clasificar en:
• Fuentes primarias: son las que producen normas jurídicas directamente, como la Constitución, las leyes, los reglamentos y los tratados internacionales.
• Fuentes secundarias: son las que interpretan o integran las normas jurídicas, como la jurisprudencia, la doctrina y la costumbre.
La jerarquía normativa es el orden de prelación entre las normas jurídicas. La jerarquía normativa significa que las normas de rango superior prevalecen sobre las normas de rango inferior.
En España, la Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico, por lo que las leyes, los reglamentos y demás normas jurídicas deben respetar sus preceptos. La jerarquía normativa se establece en el artículo 9.3 de la Constitución, que establece que "la ley está por encima de cualquier otra norma del ordenamiento jurídico".
El principio de sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho, junto con el principio de jerarquía normativa, son mecanismos que garantizan que la Administración Pública actúe de forma legal y justa.
Algunos ejemplos de la aplicación del principio de sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho son los siguientes:
• Un juez que declara nulo un acto administrativo que infringe la ley.
• Un ciudadano que interpone un recurso contencioso-administrativo contra una resolución administrativa que considera ilegal.
• Un organismo de control interno que investiga una presunta irregularidad administrativa.
El principio de sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho es un principio fundamental del Estado de Derecho, y su aplicación es esencial para garantizar el respeto de los derechos de los ciudadanos y la legalidad de la actuación de la Administración Pública.
Fuentes del Derecho Público
Fuentes primarias
Las fuentes primarias del Derecho Público son las que producen normas jurídicas directamente. Las principales fuentes primarias del Derecho Público son las siguientes:
• La Constitución: es la norma suprema del ordenamiento jurídico, y establece los principios básicos del Estado y los derechos y deberes fundamentales de los ciudadanos.
• Las leyes: son normas generales y abstractas aprobadas por el Parlamento.
• Los reglamentos: son normas de rango inferior a la ley, aprobadas por el Gobierno o por los órganos de las Comunidades Autónomas.
• Los tratados internacionales: son acuerdos entre Estados que tienen fuerza de ley en el ordenamiento jurídico interno.
Fuentes secundarias
Las fuentes secundarias del Derecho Público son las que interpretan o integran las normas jurídicas. Las principales fuentes secundarias del Derecho Público son las siguientes:
• La jurisprudencia: es la interpretación de las normas jurídicas que realizan los tribunales.
• La doctrina: es la interpretación de las normas jurídicas que realizan los juristas.
• La costumbre: es una práctica reiterada y aceptada por la sociedad que adquiere fuerza de ley.
Jerarquía normativa
La jerarquía normativa es el orden de prelación entre las normas jurídicas. La jerarquía normativa significa que las normas de rango superior prevalecen sobre las normas de rango inferior.
En España, la Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico, por lo que las leyes, los reglamentos y demás normas jurídicas deben respetar sus preceptos. La jerarquía normativa se establece en el artículo 9.3 de la Constitución, que establece que "la ley está por encima de cualquier otra norma del ordenamiento jurídico".
La jerarquía normativa se basa en la idea de que las normas de rango superior son más importantes que las normas de rango inferior, y por lo tanto deben prevalecer en caso de conflicto.

titulo.: La Hacienda Local: clasificación de los recursos. Ordenanzas fiscales.

autor.: TemasyTEST

Remitido el 11-10-23 a las 05-49-15


6.- La Hacienda Local: clasificación de los recursos. Ordenanzas fiscales.

La Hacienda Local es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones de las Entidades Locales. Los recursos de la Hacienda Local son los medios económicos con los que las Entidades Locales financian sus gastos.
Los recursos de la Hacienda Local se pueden clasificar en dos grandes grupos:
• Recursos tributarios: son los que se obtienen de la aplicación de tributos.
• Recursos no tributarios: son los que se obtienen de otras fuentes, como las subvenciones, los ingresos patrimoniales o las tasas y precios públicos.
Recursos tributarios
Los recursos tributarios son los que se obtienen de la aplicación de tributos. Los tributos son prestaciones obligatorias, establecidas por Ley, que deben ser realizadas por los ciudadanos, en beneficio de la colectividad.
Los tributos locales son los tributos que las Entidades Locales pueden establecer en virtud de la ley. Los tributos locales se clasifican en:
• Impuestos: son tributos que gravan la riqueza, el consumo o la actividad económica.
• Tasas: son tributos que gravan la prestación de un servicio público.
• Precios públicos: son tributos que gravan la prestación de un servicio público que no tiene carácter esencial.
Recursos no tributarios
Los recursos no tributarios son los que se obtienen de otras fuentes, como las subvenciones, los ingresos patrimoniales o las tasas y precios públicos.
• Subvenciones: son entregas dinerarias que reciben las Entidades Locales de otras Administraciones Públicas o de entidades privadas.
• Ingresos patrimoniales: son los ingresos que obtienen las Entidades Locales de la explotación de sus bienes y derechos.
• Tasas y precios públicos: son los ingresos que obtienen las Entidades Locales de la prestación de un servicio público o de la expedición de un documento.
Ordenanzas fiscales
Las ordenanzas fiscales son las normas jurídicas que regulan los tributos locales. Las ordenanzas fiscales deben ser aprobadas por los órganos de gobierno de las Entidades Locales, en el marco de la legislación estatal y autonómica.
Las ordenanzas fiscales deben contener los siguientes elementos:
• Denominación del tributo: el nombre del tributo.
• Hecho imponible: la situación jurídica o el acto o actividad que genera el tributo.
• Base imponible: el valor o magnitud sobre la que se aplica el tipo impositivo.
• Tipo impositivo: el porcentaje que se aplica a la base imponible para determinar la cuota tributaria.
• Cuota tributaria: la cantidad que debe pagar el contribuyente.
• Exenciones y bonificaciones: las circunstancias que permiten reducir o eliminar la cuota tributaria.
• Devoluciones y reintegros: los mecanismos para recuperar los ingresos tributarios indebidamente ingresados.
Las ordenanzas fiscales deben publicarse en el Boletín Oficial de la provincia, o en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma uniprovincial, para que tengan eficacia.
Conclusión
La Hacienda Local es un elemento fundamental para el funcionamiento de las Entidades Locales. Los recursos de la Hacienda Local permiten a las Entidades Locales financiar sus gastos, que son necesarios para la prestación de servicios públicos esenciales para los ciudadanos.

titulo.: Temario Diputacion de sevilla

autor.: Invitad@

Remitido el 11-10-23 a las 07-02-12


No me digas que estás colgando todos los temas ... eres la hostia juanjo

titulo.: Temario Diputacion de sevilla

autor.: Invitad@

Remitido el 12-10-23 a las 10-20-49


Alguien podría facilitarnos exámenes anteriores?, creo que el último fue en 2018.

titulo.: Temario Diputacion de sevilla

autor.: TemasyTEST

Remitido el 13-10-23 a las 06-39-49


7.- Nociones generales de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Referencia a la Ley 1/2014, de 24 de junio, de transparencia pública de Andalucía.

La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (Ley de Transparencia), tiene como objetivo garantizar la transparencia de la actividad pública, el derecho de acceso a la información pública y el buen gobierno.
La Ley de Transparencia se basa en los siguientes principios:
• Transparencia: las Administraciones Públicas deben ser transparentes en su actividad, lo que significa que deben informar a la ciudadanía sobre su funcionamiento y sus decisiones.
• Acceso a la información pública: los ciudadanos tienen derecho a acceder a la información pública, salvo que exista una causa justificada para denegar el acceso.
• Buen gobierno: las Administraciones Públicas deben actuar de forma ética y responsable, lo que significa que deben evitar la corrupción y la mala gestión.
La Ley de Transparencia se aplica a todas las Administraciones Públicas, incluidas las Administraciones Públicas locales, autonómicas y estatales.
Los derechos de los ciudadanos
La Ley de Transparencia reconoce a los ciudadanos los siguientes derechos:
• Derecho a la información pública: los ciudadanos tienen derecho a acceder a la información pública, salvo que exista una causa justificada para denegar el acceso.
• Derecho a la participación: los ciudadanos tienen derecho a participar en los procesos de elaboración de las políticas públicas.
• Derecho a la rendición de cuentas: los ciudadanos tienen derecho a exigir a las Administraciones Públicas que rindan cuentas de su actividad.
Las obligaciones de las Administraciones Públicas
Las Administraciones Públicas tienen las siguientes obligaciones:
• Publicar información de forma activa: las Administraciones Públicas deben publicar información de forma activa, lo que significa que deben poner a disposición de la ciudadanía información sobre su funcionamiento y sus decisiones.
• Atender las solicitudes de acceso a la información pública: las Administraciones Públicas deben atender las solicitudes de acceso a la información pública de forma rápida y eficaz.
• Rendir cuentas de su actividad: las Administraciones Públicas deben rendir cuentas de su actividad ante la ciudadanía.
La evaluación del cumplimiento de la Ley de Transparencia
La Ley de Transparencia establece un sistema de evaluación del cumplimiento de la Ley. Este sistema está formado por un Consejo de Transparencia y Buen Gobierno y por una Comisión de Garantías del Derecho de Acceso a la Información Pública.
El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno es un órgano independiente que tiene como función promover la transparencia y el buen gobierno en las Administraciones Públicas. La Comisión de Garantías del Derecho de Acceso a la Información Pública es un órgano independiente que tiene como función resolver las reclamaciones que se presenten contra las resoluciones de las Administraciones Públicas en materia de acceso a la información pública.
Conclusión
La Ley de Transparencia es una ley importante que contribuye a mejorar la transparencia y el buen gobierno en España. La Ley reconoce a los ciudadanos los derechos de acceso a la información pública y de participación, y establece obligaciones para las Administraciones Públicas.

titulo.: Temario Diputacion de sevilla

autor.: TemasyTEST

Remitido el 13-10-23 a las 11-20-20


8.- Normativa sobre Igualdad y Violencia de Género: conceptos generales.



La normativa sobre Igualdad y Violencia de Género en España se basa en los siguientes principios:
• Igualdad: la igualdad de género es un derecho fundamental que debe ser garantizado por el Estado.
• No discriminación: las mujeres no deben sufrir discriminación por razón de su sexo.
• Protección de las mujeres víctimas de violencia de género: las mujeres víctimas de violencia de género deben ser protegidas por el Estado.
La normativa sobre Igualdad y Violencia de Género se articula en torno a dos leyes fundamentales:
• Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (LOIEEMH): esta ley tiene como objetivo promover la igualdad de género en todos los ámbitos de la vida social y económica.
• Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género (LOPVG): esta ley tiene como objetivo proteger a las mujeres víctimas de violencia de género.
La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, establece las siguientes medidas para promover la igualdad de género:
• Promoción de la igualdad en el empleo: la ley establece medidas para promover la igualdad de oportunidades en el empleo, como la igualdad salarial, la conciliación de la vida laboral y familiar y la lucha contra la discriminación por razón de sexo.
• Promoción de la igualdad en la educación: la ley establece medidas para promover la igualdad de oportunidades en la educación, como la coeducación y la lucha contra los estereotipos de género.
• Promoción de la igualdad en la salud: la ley establece medidas para promover la igualdad de oportunidades en la salud, como la prevención de la violencia de género y la atención a las mujeres víctimas de violencia de género.
La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, establece las siguientes medidas para proteger a las mujeres víctimas de violencia de género:
• Protección de las víctimas: la ley establece medidas para proteger a las mujeres víctimas de violencia de género, como la orden de protección, la prohibición de aproximación al agresor y la asistencia social y psicológica.
• Represión del agresor: la ley establece medidas para reprimir a los agresores de violencia de género, como el aumento de las penas y la creación de un registro de agresores.
• Sensibilización social: la ley establece medidas para sensibilizar a la sociedad sobre la violencia de género.
Conceptos generales
Igualdad de género: la igualdad de género es el principio según el cual las mujeres y los hombres tienen los mismos derechos, obligaciones y oportunidades. No discriminación: la no discriminación es el principio según el cual las mujeres no deben sufrir discriminación por razón de su sexo. Violencia de género: la violencia de género es cualquier acto de violencia física, psicológica o sexual que se ejerce contra una mujer por razón de su sexo.
Violencia física: la violencia física es cualquier acto de agresión física que se ejerce contra una mujer, como el maltrato, las amenazas o las lesiones. Violencia psicológica: la violencia psicológica es cualquier acto de agresión psicológica que se ejerce contra una mujer, como el acoso, las amenazas o el control. Violencia sexual: la violencia sexual es cualquier acto de agresión sexual que se ejerce contra una mujer, como la violación, la agresión sexual o el acoso sexual.
Mujeres víctimas de violencia de género: las mujeres víctimas de violencia de género son aquellas que han sufrido o están sufriendo violencia de género.
Agresores de violencia de género: los agresores de violencia de género son aquellos que ejercen violencia de género contra las mujeres.

titulo.: Temario Diputacion de sevilla

autor.: Invitad@

Remitido el 14-10-23 a las 02-31-50


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